Cuadro Comparativo (Actualizado 2020)
REGIMEN GENERAL | PROMOVIDO | SOCIAL | |
Tope de facturación (*) (últimos 12 meses calendarios) | $1.739.493,79 Servicios $2.609.240,69 ventas | $ 208.739,25 | $ 208.739,25 |
Impuesto integrado a ingresar mensulamente | Desde $ 168,69 a $ 11.741,58 Según la categoria del contribuyente. Obligatorio en todos los casos | 0 | 0 |
Aporte jubilatorio a ingresar mensualmente | $745,49 para la categoría A, incrementándose en un 10% en las sucesivas categorías inmediata inferior. Obligatorio salvo ciertas excepciones | § La cuota de Inclusión Social ha sido determinada en el 5% de los ingresos brutos que el trabajador percibe cada mes. Para acceder a los beneficios jubilatorios, debes realizar un pago mensual, como mínimo de $745,49 (importe correspondiente al aporte SIPA de la categoría A del Monotributo), es decir que debes tener una facturación mensual, como mínimo de $14.909,80 |
|
Aporte al sistema de seguro de salud (obra social) | $1.041,22 – Todas las categorías, obligatorio salvo ciertas excepciones y el mismo monto por cada adherente | $1041,22Opcional en el caso que necesite cobertura, no es obligatorio y el mismo monto por cada adherente. | $ 520,61 – Obligatoriamente y el mismo monto por cada adherente |
Quienes pueden inscribirse | § Personas que venden cosas o prestan servicios. § Las personas que formen parte de una sucesión indivisa, que continúa con la actividad del monotributistas fallecido. En este caso la S.I. puede continuar durante un año siempre y cuando no haya sido dictada la declaratoria de herederos. § Los que forman parte de una cooperativa de trabajo. § El precio de venta tope sea de $29.119,59 | SOLO personas físicas mayores de 18 años. | Personas físicas, Proyectos productivos de hasta 3 integrantes y cooperativas de trabajo con un mínimo de 6 asociados |
Condiciones particulares para inscribirse | ninguna | § Mayores de 18 años; § Desarrollar actividad independiente exclusivamente; § No poseer local; § Única fuente de ingresos; § En caso de prestación o locación de servicios no realizar más de 6 operaciones con mismo sujeto; § Ni superar en estos casos de recurrencia la suma de $4.000; § No poseer empleados; § No ser aportante al Impuesto de Bienes Personales; § No ser graduado universitario con más de 2 años de antigüedad, ni si tuvieron que pagar cuotas y matrículas para la obtención del título | Contar con un ingreso bruto anual inferior a $208.739,25; § No ser propietario de más de 1 inmueble o de más dos 2 bienes muebles registrables, según los siguientes criterios: Hasta un máximo de 2 automóviles: un vehículo automotor que deberá tener más de 5 años de antigüedad y un segundo automóvil que, por su valor y antigüedad, deberá estar exento del pago de impuestos; § Hasta un máximo de 2 moto vehículos. § No ser profesional universitario en ejercicio de la profesión como actividad económica. § No ser empleador ni titular de acciones o cuotas partes de las sociedades comerciales. § No ser empleado en relación de dependencia. § Contar con ingresos que provengan sólo de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones compatibles que otorgan los organismos nacionales, provinciales o municipales. |
Que tipo de actividades puedo realizar? | Cualquier tipo de actividad comercial o de servicios | AFIP dispuso que solo podrán adherir al régimen los contribuyentes cuyas actividades estén enunciadas en el Anexo I de la Resolución General N°2746. § Elaboración o transformación de materias primas; § Actividad de Artesano; § Actividad Primaria | La actividad económica debe ser genuina y estar enmarcada en el desarrollo local y la Económica social, y respondiendo al perfil productivo de cada región |
Cuantas unidades de Explotación puedo tener? | Hasta 3 actividades simultaneas o 3 unidades de explotación | Solo permite una unidad de explotación | Solo permite una unidad de explotación |
Me sirve para una futura jubilacion? | si, en todos los casos | Si, siempre y cuando se abone año a año la diferencia entre el pago a cuenta mensual y el importe correspondiente a la cotización previsional fija correspondiente a la categoría | Si en todos los casos |
Tengo cobertura de Obra Social? | si | si, en caso de abonar el importe correspondiente a la cotización al sistema de seguro de salud | SI |
A que asignacion familiar puedo acceder? | Si estas en las categorías de la A a la H podes cobrar : *Asignación Familiar por Prenatal; * Asignación Universal por Hijo; *Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad; *Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual Las categorías I, J y K, tienen acceso a: *Asignación por Hijo; Asignación por Hijo con Discapacidad; Asignación por Ayuda Escolar Anual por hijo con Discapacidad; siempre y cuando se abone el componente previsional | Si estas en las categorías de la A a la H podes cobrar : *Asignación Familiar por Prenatal; * Asignación Universal por Hijo; *Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad; *Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual Las categorías I, J y K, tienen acceso a: *Asignación por Hijo; Asignación por Hijo con Discapacidad; Asignación por Ayuda Escolar Anual por hijo con Discapacidad; siempre y cuando se abone el componente previsional | Programas compatibles: Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo para Protección Social. Pensiones no contributivas. Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo. Programas de inclusión social del ministerio. |
Puedo ser al mismo tiempo empleado en relacion de dependencia? | SI, en este caso solo abonara el componente impositivo | NO | NO, excepto que se encuentre en la informalidad |
Puedo ser trabajador/a de casas particulares? | SI | NO | NO, excepto que se encuentre en la informalidad |
Puedo ser jubilado? | SI | NO | NO, excepto que el haber jubilatorio sea inferior al salario mínimo vital y móvil |
Como me doy de alta? | A través del sitio web de la Afip con clave fiscal | A través del sitio web de la Afip con clave fiscal | personalmente con la doc. requerida previamente sacar turno web en anses |
Como gestiono el cuit y la clave fiscal? | podés realizar la solicitud digital con tu DNI nuevo. O acercarte a la dependencia con turno web | podés realizar la solicitud digital con tu DNI nuevo. O acercarte a la dependencia con turno web | |
vencimiento de la obligacion mensual? | Obligación de pago mensual hasta el día 20 del mes correspondiente. En caso que la fecha sea feriado o día no hábil (sábado o domingo), el vencimiento pasará al primer día hábil siguiente. | ||
como se paga? | § Cajeros automáticos habilitados; § Tarjetas de Crédito (Cabal, Visa, Mastercard); § Débito automático con tarjeta de crédito; § Débito directo en cuenta bancaria; § Volante de Pago Electronico (VEP); § Mercado de Pago | § Cajeros automáticos habilitados; § Tarjetas de Crédito (Cabal, Visa, Mastercard); § Débito automático con tarjeta de crédito; § Débito directo en cuenta bancaria; § Volante de Pago Electronico (VEP) | § Cajeros automáticos habilitados; § Tarjetas de Crédito (Cabal, Visa, Mastercard); § Débito automático con tarjeta de crédito; § Débito directo en cuenta bancaria; § Volante de Pago Electronico (VEP) |
como facturo? | a partir del 01/04/2019 factura electrónica, controlador fiscal o facturador móvil | facturación manual | facturación manual |
como me doy de baja? | A través del sitio web de la Afip con clave fiscal | A través del sitio web de la Afip con clave fiscal | Personalmente con turno web en anses |