| Tope de facturación (*) (últimos 12 meses calendarios) |
$1.739.493,79 Servicios $2.609.240,69 ventas |
$ 208.739,25 |
$ 208.739,25 |
| Impuesto integrado a ingresar mensulamente |
Desde $ 168,69 a $ 11.741,58 Según la categoria del contribuyente. Obligatorio en todos los casos |
0 |
0 |
| Aporte jubilatorio a ingresar mensualmente |
$745,49 para la categoría A, incrementándose en un 10% en las sucesivas categorías inmediata inferior. Obligatorio salvo ciertas excepciones |
§ La cuota de Inclusión Social ha sido determinada en el 5% de los ingresos brutos que el trabajador percibe cada mes. Para acceder a los beneficios jubilatorios, debes realizar un pago mensual, como mínimo de $745,49 (importe correspondiente al aporte SIPA de la categoría A del Monotributo), es decir que debes tener una facturación mensual, como mínimo de $14.909,80 |
- Aclaración: Monotributo social solo suma años trabajados, para la jubilación mínima. No suma aportes
|
| Aporte al sistema de seguro de salud (obra social) |
$1.041,22 – Todas las categorías, obligatorio salvo ciertas excepciones y el mismo monto por cada adherente |
$1041,22Opcional en el caso que necesite cobertura, no es obligatorio y el mismo monto por cada adherente. |
$ 520,61 – Obligatoriamente y el mismo monto por cada adherente |
| Quienes pueden inscribirse |
§ Personas que venden cosas o prestan servicios. § Las personas que formen parte de una sucesión indivisa, que continúa con la actividad del monotributistas fallecido. En este caso la S.I. puede continuar durante un año siempre y cuando no haya sido dictada la declaratoria de herederos. § Los que forman parte de una cooperativa de trabajo. § El precio de venta tope sea de $29.119,59 |
SOLO personas físicas mayores de 18 años. |
Personas físicas, Proyectos productivos de hasta 3 integrantes y cooperativas de trabajo con un mínimo de 6 asociados |
| Condiciones particulares para inscribirse |
ninguna |
§ Mayores de 18 años; § Desarrollar actividad independiente exclusivamente; § No poseer local; § Única fuente de ingresos; § En caso de prestación o locación de servicios no realizar más de 6 operaciones con mismo sujeto; § Ni superar en estos casos de recurrencia la suma de $4.000; § No poseer empleados; § No ser aportante al Impuesto de Bienes Personales; § No ser graduado universitario con más de 2 años de antigüedad, ni si tuvieron que pagar cuotas y matrículas para la obtención del título |
Contar con un ingreso bruto anual inferior a $208.739,25; § No ser propietario de más de 1 inmueble o de más dos 2 bienes muebles registrables, según los siguientes criterios: Hasta un máximo de 2 automóviles: un vehículo automotor que deberá tener más de 5 años de antigüedad y un segundo automóvil que, por su valor y antigüedad, deberá estar exento del pago de impuestos; § Hasta un máximo de 2 moto vehículos. § No ser profesional universitario en ejercicio de la profesión como actividad económica. § No ser empleador ni titular de acciones o cuotas partes de las sociedades comerciales. § No ser empleado en relación de dependencia. § Contar con ingresos que provengan sólo de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones compatibles que otorgan los organismos nacionales, provinciales o municipales. |
| Que tipo de actividades puedo realizar? |
Cualquier tipo de actividad comercial o de servicios |
AFIP dispuso que solo podrán adherir al régimen los contribuyentes cuyas actividades estén enunciadas en el Anexo I de la Resolución General N°2746. § Elaboración o transformación de materias primas; § Actividad de Artesano; § Actividad Primaria |
La actividad económica debe ser genuina y estar enmarcada en el desarrollo local y la Económica social, y respondiendo al perfil productivo de cada región |
| Cuantas unidades de Explotación puedo tener? |
Hasta 3 actividades simultaneas o 3 unidades de explotación |
Solo permite una unidad de explotación |
Solo permite una unidad de explotación |
| Me sirve para una futura jubilacion? |
si, en todos los casos |
Si, siempre y cuando se abone año a año la diferencia entre el pago a cuenta mensual y el importe correspondiente a la cotización previsional fija correspondiente a la categoría |
Si en todos los casos |
| Tengo cobertura de Obra Social? |
si |
si, en caso de abonar el importe correspondiente a la cotización al sistema de seguro de salud |
SI |
| A que asignacion familiar puedo acceder? |
Si estas en las categorías de la A a la H podes cobrar : *Asignación Familiar por Prenatal; * Asignación Universal por Hijo; *Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad; *Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual Las categorías I, J y K, tienen acceso a: *Asignación por Hijo; Asignación por Hijo con Discapacidad; Asignación por Ayuda Escolar Anual por hijo con Discapacidad; siempre y cuando se abone el componente previsional |
Si estas en las categorías de la A a la H podes cobrar : *Asignación Familiar por Prenatal; * Asignación Universal por Hijo; *Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad; *Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual Las categorías I, J y K, tienen acceso a: *Asignación por Hijo; Asignación por Hijo con Discapacidad; Asignación por Ayuda Escolar Anual por hijo con Discapacidad; siempre y cuando se abone el componente previsional |
Programas compatibles: Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo para Protección Social. Pensiones no contributivas. Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo. Programas de inclusión social del ministerio. |
| Puedo ser al mismo tiempo empleado en relacion de dependencia? |
SI, en este caso solo abonara el componente impositivo |
NO |
NO, excepto que se encuentre en la informalidad |
| Puedo ser trabajador/a de casas particulares? |
SI |
NO |
NO, excepto que se encuentre en la informalidad |
| Puedo ser jubilado? |
SI |
NO |
NO, excepto que el haber jubilatorio sea inferior al salario mínimo vital y móvil |
| Como me doy de alta? |
A través del sitio web de la Afip con clave fiscal |
A través del sitio web de la Afip con clave fiscal |
personalmente con la doc. requerida previamente sacar turno web en anses |
| Como gestiono el cuit y la clave fiscal? |
podés realizar la solicitud digital con tu DNI nuevo. O acercarte a la dependencia con turno web |
podés realizar la solicitud digital con tu DNI nuevo. O acercarte a la dependencia con turno web |
|
| vencimiento de la obligacion mensual? |
Obligación de pago mensual hasta el día 20 del mes correspondiente. En caso que la fecha sea feriado o día no hábil (sábado o domingo), el vencimiento pasará al primer día hábil siguiente. |
|
|
| como se paga? |
§ Cajeros automáticos habilitados; § Tarjetas de Crédito (Cabal, Visa, Mastercard); § Débito automático con tarjeta de crédito; § Débito directo en cuenta bancaria; § Volante de Pago Electronico (VEP); § Mercado de Pago |
§ Cajeros automáticos habilitados; § Tarjetas de Crédito (Cabal, Visa, Mastercard); § Débito automático con tarjeta de crédito; § Débito directo en cuenta bancaria; § Volante de Pago Electronico (VEP) |
§ Cajeros automáticos habilitados; § Tarjetas de Crédito (Cabal, Visa, Mastercard); § Débito automático con tarjeta de crédito; § Débito directo en cuenta bancaria; § Volante de Pago Electronico (VEP) |
| como facturo? |
a partir del 01/04/2019 factura electrónica, controlador fiscal o facturador móvil |
facturación manual |
facturación manual |
| como me doy de baja? |
A través del sitio web de la Afip con clave fiscal |
A través del sitio web de la Afip con clave fiscal |
Personalmente con turno web en anses |