Qué son los anticipos de Ganancias
Los anticipos son pagos a cuenta de determinados impuestos. En el caso de Ganancias, AFIP exige a los contribuyentes abonar, a lo largo del año, montos por adelantado que luego serán descontados del impuesto principal.
Recordemos que Ganancias es un tributo anual. Antes de la presentación de la declaración jurada, AFIP establece la obligación de pagar cinco anticipos durante el período fiscal.
Están obligadas a ingresar los anticipos de Ganancias las personas físicas (Responsables Inscriptos), las sociedades de capital (consultá los distintos tipos de sociedades) y las sucesiones indivisas. Deberán hacerlo antes de las fechas de vencimiento informadas por AFIP (serán detalladas luego), o bien hasta la presentación de la declaración jurada anual. Luego de presentada la misma, los anticipos dejan de ser exigibles.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que a pesar de que el cumplimiento de la declaración jurada principal anula el ingreso de los anticipos, AFIP podrá exigir judicialmente el pago de intereses por no haberlos presentado en tiempo y forma. Es decir, que los contribuyentes no necesitarán pagar el monto original de los anticipos, pero sí los intereses resarcitorios y punitorios.
El no cumplimiento de una demanda judicial de AFIP puede traer grandes inconvenientes en relación a las medidas cautelares que el organismo puede aplicar (por ejemplo, embargos)
Cómo se realiza el cálculo de los anticipos
AFIP determina el valor de los anticipos en base a la ganancia neta que se declaró el año anterior. Por ejemplo, para abonar los anticipos del período fiscal 2023, se utilizará como base la declaración jurada de Ganancias de 2022. Al impuesto determinado en 2022 se le restarán las deducciones de Ganancias computables en 2023 para luego calcular los cinco anticipos.
AFIP realiza el cálculo de los anticipos de forma automática. Para visualizar el monto y realizar el pago, los contribuyentes deberán ingresar a la herramienta “Cuentas Tributarias”. Allí podrán consultar el importe de cada uno de los anticipos y las respectivas fechas de vencimiento.
El pago puede realizarse vía VEP (volante electrónico de pago).
¿Hay un monto mínimo para el ingreso de anticipo de ganancias?
Si, hay un monto mínimo. Si el cálculo de los anticipos de ganancias no supera $5.000 cada uno para el caso de personas humanas o sucesiones indivisas, o $2.500 para el caso de personas jurídicas, no hay que abonarlos.
Para el año 2023 ya se encuentra previsto en el calendario impositivo los vencimientos de anticipos para persona humana.
1º anticipo de ganancias 2023: en agosto 2023
2º anticipo de ganancias 2023: en octubre 2023
3º anticipo de ganancias 2023: en diciembre 2023
4º anticipo de ganancias 2023: en febrero 2024
5º anticipo de ganancias 2023: en abril 2024